GASTOS FUNERARIOS POR MUERTE POR COVID-19

Pueden obtener la ayuda para los gastos funerarios, por muerte por COVID-19 o CORONAVIRUS los beneficiarios del fallecido.
El fallecimiento debe haber sobrevenido a consecuencia de o en relación con la
enfermedad producida por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), conforme a los registros establecidos en el acta de defunción y expedida por el Registro Civil, en los casos en que en ellas se describa: SARS-Cov2, COVID-19, Coronavirus, ncov, cov, UO7, en cualquiera de sus variantes, confirmado, probable o sospechoso.

Pueden solicitarlo las siguientes personas relacionadas con el fallecido:
I. Cónyuge, concubina o concubino;
Il. Descendiente en primer grado (hija o hijo); o
Ill. Ascendiente en primer grado (madre o padre).

La relación debe estar corroborada, mediante las actas del registro civil correspondientes, y en el caso de concubinato siempre que se exhiba la resolución judicial o administrativa de la existencia de tal relación.

El monto de la ayuda es por:
$ 11,460.00 (ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.).

Puedes realizar la solicitud en el siguiente link: https://deudoscovid.gob.mx
VER DECRETO. D.O.F. 26/nov/2021.
LINEAMIENTOS OFICIALES AQUI.

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