LEY OLIMPIA

 La Ley Olimpia toma su nombre del caso de una víctima de
nombre 
Olimpia Melo Cruz, y
sanciona la afectación de la intimidad sexual, cuando se difunden imagenes
íntimas, sin el consentimiento de la víctima.


Se reformó el Código Penal Federal y la Ley de Acceso a las Mujeres a una
Vida Sin Violencia.

Comprende pedir a un menor de edad, imagenes, audio o video de actividades
sexuales. Además compartir con un menor de edad contenidos sexuales. Asi
como solicitar a un menor de edad un encuentro sexual.


Grabar audio o video, o elaborar imagenes de contenido sexual de una
persona, sin su consentimiento.

Exponer, distribuir, difundir, transmitir, comercializar material de
contenido sexual por medios electrónicos a sabiendas de que no cuenta con el
consentimiento para ello.

La pena es agravada cuando:

  • La víctima tenga parentesco con el agresor.
  • Haya existido una relación laboral, docente o sentimental.
  • El sujeto activo sea encargado de un establecimiento de servicio publicoy
    se aproveche de ello o sea integrante de la seguridad pública.
  • La víctima sea un adulto mayor o tenga alguna discapacidad o sea
    afromexicana.
  • La víctima pertenezca a una población callejera o de algún grupo
    indigena.


Las víctimas pueden acudir a denunciar los hechos en la fiscalía más
cercana a su domicilio.

Te presentamos una infografía oficial para el mejor entendimiento de la LEY
OLIMPIA. 


Descárgala o abre la imagen en una ventana nueva para verla completa.