CÓDIGO GLOBAL DE CONDUCTA.

¿ Qué es el Código Global de Conducta ?

Es el conjunto de principios globales de buenas prácticas en el mercado cambiario que ha sido desarrollado con el fin de establecer un conjunto común de lineamientos para promover la integridad y el funcionamiento efectivo del mercado cambiario al mayoreo (Mercado Cambiario)“. El Código de Conducta fue desarrollado con la colaboración de bancos centrales y Participantes del Mercado de 16 jurisdicciones alrededor del mundo. No sustituye a las disposiciones legales existentes.

El Código Global de Conducta está organizado alrededor de seis principios rectores.
·   Ética: Se espera que los Participantes del Mercado se comporten de una manera ética y profesional para promover equidad e integridad del Mercado Cambiario.
·   Gobernanza: Se espera que los Participantes del Mercado cuenten con un marco de gobernanza sano y efectivo que haga posible establecer responsabilidades claras en sus actividades en el Mercado Cambiario, que permita su supervisión integral y que promueva su participación responsable en el Mercado Cambiario.
·   Ejecución: Se espera que los Participantes del Mercado sean cuidadosos en la negociación y ejecución de las operaciones con el propósito de promover un Mercado Cambiario robusto, equitativo,
abierto, líquido y lo suficientemente transparente.
·   Intercambio de Información: Se espera que los Participantes del Mercado sean claros y precisos en sus comunicaciones y protejan la Información Confidencial con el fin de lograr una comunicación efectiva que apoye a un Mercado Cambiario robusto, equitativo, abierto, líquido y lo suficientemente transparente.
·   Administración de Riesgos y Cumplimiento Normativo: Se espera que los Participantes del Mercado promuevan y mantengan un ambiente de control y cumplimiento normativo robusto para identificar, medir, supervisar, administrar y reportar, de manera efectiva, los riesgos asociados a su participación en el Mercado Cambiario.
·   Procesos de Confirmación y Liquidación: Se espera que los Participantes del Mercado instrumenten procesos post-negociación robustos, eficientes, transparentes y que mitiguen el riesgo, a efecto de promover la liquidación predecible, fluida y oportuna de las operaciones del Mercado Cambiario.

¿A quién aplica el Código Global de Conducta?

El Mercado Cambiario comprende un grupo diverso de participantes que intervienen en el mercado de diferentes maneras y a través de varios productos cambiarios. La redacción del Código Global de Conducta toma en cuenta esta diversidad y se espera que este se aplique a todos los Participantes del Mercado Cambiario, incluidas las entidades del sell-side y buy-side, proveedores de liquidez no bancarios, operadores de Plataformas Electrónicas de Negociación y otras entidades que ofrecen servicios de negociación, ejecución y liquidación. No obstante que no puede existir un enfoque universal de aplicación a todos los casos, dada la diversidad del mercado, la intención del Código Global de Conducta es establecer un conjunto común de lineamientos para la participación responsable en el mercado. Como participante del mercado cambiario, si deseas aceptar el compromiso del Código Global de Conducta, debes redactar una carta dirigida al Banco de México. Te presentamos un modelo, siguiendo el ejemplo oficial.

Se consideran participantes del mercado cambiario, entre otros, los siguientes:

1.-Instituciones financieras;

2.- Bancos centrales, excepto en caso que esto interfiera en el desempeño de sus facultades legales o funciones relacionadas con las políticas de su competencia;

3.- Sujetos supranacionales o cuasi-soberanos, excepto en aquellos casos en que esto interfiera en el cumplimiento de su mandato de política como organización;·   

4.-Administradores de activos, fondos soberanos, fondos de coberturas, fondos de pensiones y aseguradoras;

5.- Un área de tesorería corporativa o Centro de Tesorería Corporativa que celebre operaciones externas fuera del consorcio, ya sea por cuenta propia o por cuenta de sus controladoras, subsidiarias, sucursales, filiales o asociaciones en participación del grupo que represente;

6.-Oficinas familiares que llevan a cabo operaciones de tesorería;

7.- Proveedores de tipos de cambio de referencia de ejecución;

8.- Proveedores de liquidez no bancarios; empresas dedicadas a ofrecer estrategias de negociación automatizada, incluidas estrategias de negociación de alta frecuencia, así como aquellas que ofrezcan ejecuciones basadas en algoritmos;

9.- Casas de corretaje (brokers) (incluidas casas de corretaje en el Mercado Cambiario al menudeo), asesores de inversión, agregadores e intermediarios y agentes análogos;

10.- Transmisores de remesas, casas de cambio y negocios que proveen servicios de dinero en su interacción con el Mercado Cambiario al mayoreo;

11.- Plataformas Electrónicas de Negociación;

12.- Plataformas de confirmación y liquidación, y

13.- Cualquier entidad clasificada como un Participante del Mercado Cambiario en la(s) jurisdicción(ones) correspondiente(s).

D.O.F. 11/OCT/2017